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Reporte de Incidentes Significativos — Ley 21.663 | KLG Technology
Ley 21.663 · Art. 9° — Deber de reportar

Reporte de incidentes
significativos:
plazos, canales
y contenidos obligatorios.

La Ley Marco de Ciberseguridad exige reportar ciberataques e incidentes con efectos significativos al CSIRT Nacional en un esquema de tres etapas con plazos imperativos: alerta temprana en 3 horas, actualización en 72 horas e informe final en 15 días. Para los OIV, los plazos son aún más exigentes.

Alerta temprana: máximo 3 horas
OIV: actualización en 24 horas
Informe final: 15 días corridos

Los cuatro hitos del reporte obligatorio

El artículo 9° establece un esquema escalonado con plazos precisos. Cada etapa tiene contenido mínimo definido y destinatarios específicos. El reloj parte desde el momento en que la institución tiene conocimiento del incidente.

3
horas
a)
Alerta temprana
Plazo máximo desde conocimiento del incidente · Aplica a todas las instituciones del art. 4°

La alerta temprana es el primer reporte obligatorio. Debe enviarse al CSIRT Nacional dentro de las 3 horas desde que la institución toma conocimiento del evento, independientemente del nivel de información disponible en ese momento.

  • Notificación inicial de la ocurrencia del ciberataque o incidente
  • No requiere análisis exhaustivo: basta con comunicar que el evento ocurrió
  • Permite al CSIRT Nacional activar su capacidad de apoyo y coordinación sectorial
  • Destinatario: CSIRT Nacional (y ventanilla única si aplica coordinación sectorial)
72
horas · general
24 h · OIV
b)
Actualización con evaluación inicial
72 horas (general) · 24 horas si es OIV con servicio esencial afectado

La actualización amplía la alerta temprana con una evaluación inicial. Para los OIV cuyo servicio esencial se ve afectado, el plazo se reduce a 24 horas, reflejando la criticidad de la continuidad operacional.

  • Evaluación inicial del incidente: gravedad e impacto estimado
  • Indicadores de compromiso (IoC) si estuvieran disponibles al momento del reporte
  • Actualización del estado de la situación respecto de la alerta inicial
  • Para OIV: plazo reducido a 24 horas si el incidente afecta la prestación de servicios esenciales
15
días corridos
c)
Informe final
Plazo desde el envío de la alerta temprana · Contenido mínimo definido por ley

El informe final es el reporte más completo. Debe presentarse dentro de 15 días corridos desde la alerta temprana y contiene al menos cuatro elementos que la ley define explícitamente.

  • i. Descripción detallada del incidente, su gravedad e impacto
  • ii. Tipo de amenaza o causa principal probable del incidente
  • iii. Medidas de mitigación aplicadas y las que siguen en curso
  • iv. Repercusiones transfronterizas del incidente, si procede
En curso
+15 días gestionado
d)
Informe de situación / final diferido
Cuando el incidente no ha sido gestionado al momento del informe del literal c)

Si al cumplirse los 15 días el incidente aún está activo, el informe final se reemplaza por un informe de situación. El informe final definitivo debe presentarse 15 días corridos después de que el incidente haya sido gestionado.

  • El CSIRT Nacional o la autoridad sectorial puede requerir actualizaciones adicionales en cualquier momento
  • Los OIV deben informar además su plan de acción dentro de un plazo máximo de 7 días corridos desde el conocimiento del incidente
  • Los datos personales deben omitirse de todos los reportes (excepto dirección IP)
7
días · solo OIV
OIV
Plan de acción — exclusivo OIV
Plazo máximo desde conocimiento del incidente · Obligación adicional para Operadores de Importancia Vital

Además del esquema general de reporte, los OIV tienen la obligación adicional de comunicar al CSIRT Nacional su plan de acción tan pronto lo hayan adoptado, con un plazo máximo improrrogable de 7 días corridos.

  • Documento formal con las acciones de respuesta, contención y recuperación adoptadas
  • Plazo máximo: 7 días corridos desde conocimiento del incidente
  • Se envía tan pronto se haya adoptado, sin esperar agotar el plazo
  • Complementa los reportes a), b) y c) sin reemplazarlos

¿Cuándo un incidente es "significativo"?

El artículo 27 define el umbral que activa el deber de reporte. Un incidente es significativo cuando cumple alguna de estas condiciones, evaluadas además según tres criterios de magnitud.

Interrumpe un servicio esencial
Si el incidente es capaz de interrumpir la continuidad de un servicio calificado como esencial por la ley, el reporte es obligatorio.
🏥
Afecta integridad física o salud
Si el incidente puede afectar la integridad física de las personas o su salud, se considera de efecto significativo independientemente de otros criterios.
🔐
Involucra datos personales
Si los sistemas afectados contienen datos personales, el incidente es automáticamente significativo y activa tanto el reporte a ANCI/CSIRT como la coordinación con la APDP.
👥
Número de personas afectadas
Criterio de magnitud: a mayor número de personas impactadas, mayor significancia del incidente para efectos de evaluación de gravedad e impacto.
⏱️
Duración del incidente
Criterio de magnitud: la extensión temporal del evento incide en la evaluación de su significancia. Incidentes prolongados agravan la calificación.
🗺️
Extensión geográfica
Criterio de magnitud: la zona territorial afectada por el incidente determina parte de su significancia, incluyendo posibles repercusiones transfronterizas.
Canales, coordinación y obligaciones especiales

El ecosistema de reporte:
CSIRT, ANCI y ventanilla única

El artículo 9° no solo define plazos: establece el canal oficial, la coordinación entre autoridades y reglas especiales para organismos del Estado y sus proveedores.

📡
CSIRT Nacional — receptor principal
Todos los reportes se dirigen al CSIRT Nacional. Es el primer respondiente y coordinador de la respuesta a nivel nacional ante incidentes de impacto significativo.
🔗
Ventanilla única
La ANCI debe habilitar un sistema de ventanilla única para notificar simultáneamente a múltiples autoridades cuando el incidente lo exija, simplificando la carga de reporte.
🏛️
Organismos del Estado
Los jefes de servicio deben exigir a sus proveedores TI compartir información sobre vulnerabilidades e incidentes. Los contratos no pueden incluir cláusulas que restrinjan esta comunicación.
📋
Instrucciones de la ANCI
La Agencia dicta instrucciones específicas para la realización y recepción de los reportes. El reglamento del Ministerio de Seguridad Pública regula el contenido de cada clase de reporte.
🙈
Omisión de datos personales
Los reportes deben omitir datos personales conforme a la Ley 19.628. Excepción: las direcciones IP no se consideran dato personal para estos efectos.
🌐
Efectos transfronterizos
El informe final debe incluir, si procede, las repercusiones transfronterizas del incidente. La ANCI coordina con organismos internacionales cuando el evento trasciende fronteras nacionales.

El proceso interno para cumplir los plazos

Reportar en 3 horas es imposible sin protocolos previamente definidos. El cumplimiento del artículo 9° requiere capacidad operativa instalada con anticipación, no improvisación durante el incidente.

Fase 1 · Detección
Identificar y clasificar
Monitoreo 24×7, alertas automáticas y clasificación inicial del evento. Determinar si el incidente podría tener efectos significativos según el art. 27.
Fase 2 · Activación (0–3 h)
Escalar y notificar
Activar al Delegado de Ciberseguridad, escalar a la alta dirección y enviar la alerta temprana al CSIRT Nacional dentro de las 3 horas.
Fase 3 · Evaluación (3–72 h)
Analizar y actualizar
Realizar evaluación inicial de gravedad e impacto. Recopilar indicadores de compromiso y enviar la actualización al CSIRT dentro del plazo (24 h si OIV).
Fase 4 · Cierre (≤ 15 días)
Documentar y reportar
Elaborar el informe final con descripción detallada, causa, medidas de mitigación y efectos transfronterizos. Archivar para auditoría de la ANCI.

Capacidades internas que hacen posible cumplir el art. 9°

📡
Monitoreo y detección 24×7
Sin monitoreo continuo, el "conocimiento del incidente" puede llegar tarde y hacer imposible cumplir el plazo de 3 horas.
📋
Plan de respuesta documentado
Protocolo predefinido con roles, escalamientos, plantillas de reporte y contactos del CSIRT Nacional listos para activar.
🧑‍💼
Delegado de Ciberseguridad activo
El Delegado (art. 8° lit. i) es quien firma y envía los reportes. Su disponibilidad 24×7 es crítica para cumplir la alerta de 3 horas.
🔬
Capacidad forense y análisis
Para identificar causa principal, IoC y medidas de mitigación del informe final se requiere capacidad técnica de análisis instalada.
📁
Registro y trazabilidad
Toda comunicación con la ANCI y el CSIRT debe quedar documentada y archivada para demostrar cumplimiento ante una fiscalización.
🎓
Simulacros de respuesta
Ejercitar el protocolo de reporte periódicamente garantiza que el equipo pueda actuar bajo presión y dentro de los plazos legales.

El costo de no reportar a tiempo

Incumplir el deber de reporte del artículo 9° —ya sea por omisión, retraso o contenido deficiente— constituye una infracción sancionable. La ANCI puede aplicar sanciones escalonadas según gravedad.

Infracciones gravísimas — OIV
40.000 UTM
Equivalente a aprox. USD 3 millones
  • No reportar un incidente significativo al CSIRT Nacional dentro de los plazos del art. 9°
  • Omitir la alerta temprana de 3 horas siendo OIV con servicio esencial afectado
  • No presentar el plan de acción dentro de los 7 días corridos exigidos para OIV
  • Proporcionar información falsa o incompleta en los reportes a la ANCI
Ver art. 39 y 40 en BCN ↗
Infracciones graves — Entidades generales
20.000 UTM
Equivalente a aprox. USD 1,5 millones
  • Reporte tardío o incompleto del incidente sin causa justificada
  • No comunicar indicadores de compromiso disponibles en la actualización de 72 horas
  • Incumplir las instrucciones específicas de reporte dictadas por la ANCI
  • Contratos de proveedores TI del Estado que restrinjan la comunicación de incidentes
Ver art. 38 en BCN ↗

Reporte en tiempo y forma,
sin improvisar bajo presión

KLG Technology implementa la capacidad operativa necesaria para cumplir el artículo 9° antes de que ocurra un incidente: protocolos de escalamiento, plantillas de reporte, monitoreo continuo y el Delegado de Ciberseguridad disponible para activar la alerta de 3 horas.

Con certificación ISO/IEC 27001 y experiencia en sectores regulados como energía y salud, KLG asegura que cada reporte al CSIRT Nacional cumpla el contenido mínimo legal y quede archivado para una eventual fiscalización de la ANCI.

KLG Technology

¿Podría su organización reportar un incidente en 3 horas?

Si la respuesta genera dudas, es el momento de actuar. KLG Technology realiza un diagnóstico del estado actual de su capacidad de reporte frente a los plazos y canales del artículo 9° de la Ley 21.663.

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